Todo este siglo ha sido cruzado por la problemática de las semillas, sin que el Congreso haya podido arribar a una respuesta, mientras los productores argentinos se siguen perdiendo de acceder a mejoras en la biotecnología.
Un mensaje en la red social X del ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, sobre el acuerdo con Estados Unidos y la cuestión de la propiedad intelectual en las semillas, desató una catarata de respuestas en las redes sociales, muchas de ellas provenientes de ex legisladores y ex funcionarios del gobierno de Cambiemos.
El funcionario desregulador planteó que, en el marco de este acuerdo, hay que ordenar la cuestión de patentes y semillas, autorizando el patentamiento de innovaciones en biotecnología porque así, asegura, se podrá duplicar la producción granaria y que ello será la revolución más importante para el agro después de la siembra directa.
Todo suena un poco exagerado, sobre todo cuando compara con Brasil, un país que está produciendo 180 millones de toneladas de soja, con un crecimiento de entre una y dos millones por año.
Brasil tiene una capacidad de expansión de la agricultura sobre pasturas degradadas que lo puede llevar tranquilamente a producir 200 millones en los próximos años, si los incentivos de precios son los adecuados. La Argentina, en cambio, no tiene capacidad para expandir el área agrícola en esa misma medida.
Pero es cierto que la productividad de la soja en Brasil ya supera a la Argentina en unos 300 kilogramos por hectárea (kg/ha), cuando no hace tanto era exactamente al revés. En lo que va del siglo ganaron casi 900 Kg/ha de rendimiento.
Dicho de otro modo, si hoy las 49 millones de hectáreas de soja sembradas rindieran como en 2000, Brasil no llegaría a producir 140 millones de toneladas, en lugar de las 180 que se proyectan.
También es cierto que el principal obtentor de soja de la Argentina ha puesto el foco en la hermana república federativa porque allí recupera mejor el valor de la investigación puesta en cada semilla, además del tamaño de ese mercado respecto del nuestro.
LAS SEMILLAS Y EL DEBATE POR UPOV 91
Pero volviendo al tuit de Sturzenegger, las respuestas en las redes fueron fulminantes. La mayoría apuntaron a que la Argentina adhiera al convenio sobre Protección de las Obtenciones Vegetales 1991, conocido como UPOV 91, cuando en verdad el ministro no menciona este tema, que sí está incluido en las sugerencias que el Consejo de Mayo le elevó al presidente Milei en diciembre del año pasado.
Además, forma parte de las obligaciones que asume Argentina al firmar el pacto: antes de que finalice 2027, esa adhesión debe debatirse en el Congreso.
De todos modos, se cae de maduro que dicha adhesión formará parte del proyecto que el Ejecutivo mande al Congreso, aunque Sturzenegger no lo mencione. La idea de un proyecto de ley donde se incluyan todas las adhesiones, incluida UPOV 91, es lo que sobrevuela hoy por los despachos legislativos.
Ahora bien, ¿por qué critican tan fuertemente la adhesión de la Argentina al convenio UPOV 91? Las principales líneas argumentativas son las siguientes:
Ningún país del Mercosur adhiere a este convenio, sino al anterior, UPOV 78.
UPOV 91 es pre-biotecnología, con lo cual no vale la pena adherirlo.
Estas cosas no pueden aparecer por un convenio con los EE.UU.
La producción crece sin derechos de exportación, no por cuestiones de propiedad intelectual.
En el último de los casos hay que modificar la ley de semillas, no recurrir a UPOV 91 o ley de patentes.
La cuestión de fondo residiría en que UPOV 91 lleva el alcance de los derechos del obtentor a la multiplicación de la semilla, cuando UPOV 78 solo habla de producción a los fines comerciales.
Este pequeño cambio implicaría un límite al uso propio por parte del productor, excepción de los derechos del obtentor consagrada en la ley 20.247 cuando en su Art. 27 señala que “no lesiona el derecho de propiedad (…) quien reserva y siembra semilla para su uso propio”.
Cabe señalar que el Art. 15 del convenio UPOV 91 explicita que el derecho del obtentor puede verse restringido dentro de límites razonables para “permitir a los agricultores utilizar a fines de reproducción o multiplicación en su propia explotación el producto de la cosecha”.
Esta sola consideración debería dar por tierra con las críticas respecto a que la Argentina adhiera a este convenio.
LA LEY DE SEMILLAS, UN DEBATE NECESARIO
Por otra parte, todo este siglo ha sido cruzado por la problemática de la semilla, sin que el Congreso haya podido arribar a una respuesta satisfactoria, al igual que todos los intentos llevados a cabo desde los organismos del Poder Ejecutivo Nacional.
Lo concreto es que, cuando miramos las variedades de soja inscriptas durante 2025, la segunda tecnología con mayor presencia es RR1, la resistencia a glifosato que data de los ’90, mientras que brilla por su ausencia la resistencia al herbicida dicamba, ya que la compañía desarrolladora se hartó de perder dinero en la Argentina y la retiró del mercado, tecnología de la que sí disponen los productores brasileños y estadounidenses.
Por otra parte, ya están por salir al mercado otros eventos de resistencia a herbicidas, una tecnología fundamental para el creciente problema de malezas resistentes que ha encarecido sustancialmente los costos del cultivo de soja.
¿Cómo se les va a explicar a los productores que estas tecnologías tampoco estarán disponibles si no hay un marco que resguarde los derechos de propiedad intelectual?
En síntesis, las cartas están sobre la mesa y ahora dependerá de la voluntad del PEN de si enviar al Congreso el paquete de medidas o buscar alguna alternativa con sus sectores aliados vinculados al agro.
Ingeniero agrónomo. Consultor en agronegocios. Ex subsecretario de Mercados Agropecuarios
Fuente: Infocampo
