Desde el sector agropecuario defienden la constitucionalidad de ley que permite hacer la conversión de manera voluntaria y rechazan las críticas al respecto
Desde la Confederación Agropecuaria Nacional – Confeagro instaron al presidente Rodrigo Paz a promulgar la ley que permite convertir la pequeña propiedad en mediana, la cual fue aprobada en días pasados en la Asamblea Legislativa.
La entidad que aglutina a los productores defiende su constitucionalidad y subrayando que se trata de una decisión voluntaria de los productores, remarcando que la norma representa una oportunidad para fortalecer la producción y aportar a la estabilidad en el abastecimiento de alimentos en el país.
“Agradecemos a las Cámaras de Senadores y Diputados por la aprobación. Solicitamos al presidente del Estado la promulgación de la Ley 157 para beneficio de los pequeños productores y mayor estabilidad en el abastecimiento de alimentos para los bolivianos”, reza el comunicado sectorial.
Ante las críticas surgidas en los últimos días, desde el sector se sostiene que la iniciativa no elimina la pequeña propiedad, la cual sigue gozando de todas las garantías que la Constitución le atribuye como indivisible, inembargable y patrimonio familiar.
Confeagro expuso que el proyecto de ley permite que el productor que así lo decida pueda transformar su predio en mediana propiedad con el objetivo de ampliar su producción.
“La decisión de desarrollar trabajos mecanizados y contratar mano de obra adicional para aumentar su producción y tener mayores ingresos, es libertad del propietario”, sostiene el documento, enfatizando el carácter voluntario de la conversión.
En relación con las observaciones sobre una supuesta mercantilización de la pequeña propiedad, el sector responde que el artículo 394 de la Constitución declara que la pequeña propiedad es ‘indivisible e inembargable’”, añadiendo que esta condición permite su venta, pero limita su uso como garantía, lo que —según el documento— genera desventajas para acceder a créditos formales.
Respecto a la consulta a comunidades indígenas originarias campesinas, el pronunciamiento señala que no corresponde en este caso, ya que no regula este ámbito, al indicar que la norma se refiere a predios individuales y no a tierras colectivas.
Fuente: Unitel
